Se acerca el inicio de la campaña para la presentación de la declaración de la Renta, en concreto, a partir del 1 de abril van a poderse presentar ya los borradores, y para conmemorar tan magno acontecimiento anual, he pensado dar unos consejos de cara a esta campaña. No van a ser consejos de cómo pagar menos a Hacienda, que a estas alturas de año poco se puede hacer, sino que son consejos, muchos de ellos de sentido común, de carácter más práctico: para que nos devuelvan antes, para evitar tener problemas después... Así que empecemos:
-Para obtener la devolución lo antes posible la respuesta parece obvia: presenta la declaración cuanto antes. Además preséntala por internet. Como he dicho en la entradilla a partir del 1 de abril ya se puede confirmar y rectificar el borrador. Si no habéis recibido el borrador de Renta pero deberíais recibirlo no os preocupéis tarda un poco, de hecho habrá gente a la que le llegue a finales de abril principios de mayo. Para adelantaros (recordemos que el objetivo es presentarla cuanto antes) se puede consultar el borrador online en la página web de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) desde el 1 de abril. De hecho para las personas que tengan certificado o DNI electrónico hoy mismo lo pueden consultar (aunque no lo pueden confirmar hasta el 1 de abril).
Un trabajador medio que confirme el borrador a principios de abril, antes de que llegue junio puede haber recibido la devolución de la Renta. Los que no pueden presentar borrador el plazo para la presentación de la declaración se inicia el 1 de mayo, pudiendo cobrar la devolución, si se presenta los primeros días, en la primera quincena de junio. Cuanto antes tenga la información Hacienda antes la podrá tratar y proceder a devolvernos.
-Hay que comprobar el borrador ¿Pero el qué?: el borrador es una herramienta muy buena pero no tiene porqué estar bien. Se hace con la información que proporcionan a la AEAT terceras personas como los bancos, nuestros empleadores... y, por tanto, pueden haber errores. Pero lo que sobre todo hay que comprobar es que conste en el borrador los datos que puede no tener la AEAT y que nos permite pagar menos. Principalmente se trata de:
Cuotas pagadas a los sindicatos: estas cuotas pueden aparecer o no, pero en todo caso son deducibles, por lo que si no aparecen deberemos modificar el borrador.
La cuenta vivienda o la deducción por adquisición de vivienda: suele estar mal sobre todo hasta el año posterior en el que hemos adquirido la vivienda. A partir de este año, el banco ya declara correctamente lo que pagamos de préstamo hipotecario y Hacienda lo identifica con nuestra vivienda. Antes Hacienda, o no sabe cuanto dinero hemos puesto en la cuenta vivienda, o no sabe cuanto dinero hemos pagado al contado en la compra de la casa, por lo que muy probablemente esté mal el dato.
Deducciones autonómicas: es muy muy probable que no aparezcan en el borrador. Si se tiene derecho a alguna de ellas hay que rectificar el borrador. Es difícil sistematizarlas todas, por lo que es aconsejable consultarlas en la pagina web de la respectiva Comunidad Autónoma. Como norma general, si has tenido hijos, has adquirido una vivienda o tienes a cargo a alguna persona con minusvalía es muy probable que te sea aplicable alguna deducción autonómica.
Situación familiar: el borrador parte de la situación del año anterior, por lo que si has tenido algún hijo o por desgracia ha habido alguna minusvalía en la familia, no se recogerá en el borrador.
-Asegúrate de que tu dirección es correcta y pon el móvil y el mail. Si no eres empresario o profesional la dirección que pones en tu declaración de IRPF pasa a ser automáticamente tu domicilio fiscal. Si te equivocas en un número o lo pones mal, la AEAT te cambiará el domicilio fiscal y no te habrás enterado. Esto puede causar grandes perjuicios, ya que, todas las notificaciones acabarán publicándose en el BOE y no te enterarás de que la AEAT está llevando a cabo un procedimiento contigo. De hecho, es bastante normal que la persona se entere de que la AEAT le ha realizado un requerimiento, cuando la AEAT le ha embargado una cuenta o el salario (momento en el que se da cuenta de que tenía que ir a la AEAT).
En cuanto al móvil y el mail su objetivo es dar facilidades. El móvil por ejemplo te permitirá saber cuándo la AEAT te ha ingresado la devolución (te mandan un mensaje al móvil). También para los que lo pusieron el año pasado, si quieren consultar su borrador directamente en internet, sin esperar a que les llegue por correo, pueden solicitarlo sin certificado en la dirección que antes indiqué. Les llegará un mensaje al móvil con una clave y con esa clave podrán entrar a consultar su borrador.
El móvil y el mail también permiten agilizar los procedimientos, o incluso resolverlos antes. Muchas veces con una llamada de teléfono se evita emitir un requerimiento por una tontería que queda resuelta en un minuto.
-Recuerda que puedes fraccionar el pago sin intereses: en la declaración del IRPF que permite fraccionar automáticamente el pago en dos plazos sin pagar un solo interés. El primero será del 60% que se pagará en junio y el segundo será del 40% que se pagará en noviembre.
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