domingo, 31 de octubre de 2010

Un mundo sin dinero... físico

Si digo que uno de los problemas de nuestra sociedad es el dinero no creo que muchos se sorprendan o que se escandalicen, otros podrán incluso sacar conclusiones sobre mis tendencias políticas o pensar que ya voy a iniciar una soflama contra el sistema capitalista. Pero en este artículo no voy a hablar del dinero como un problema per se, ni por el uso que se le da, ni siquiera por la distribución del mismo en la sociedad. Lo que quiero exponer son los problemas que genera el dinero en su representación actual, es decir, el dinero como monedas y billetes.

Lo que propongo es un cambio en la forma del dinero, abandonar los vulgares y ya aburridos billetes y monedas y pasar al atractivo y glamuroso dinero de plástico. Pero no a las tarjetas de crédito tradicionales, sino a verdaderos monederos electrónicos. Todavía es ciencia ficción, pero no porque no sea realizable sino porque, seguramente, la sociedad todavía no está preparada, pero espero a lo largo del artículo demostrar que sus ventajas son enormes y sus inconvenientes escasos.

El sistema no sería muy complicado de implantar, el dinero estaría necesariamente en bancos y nosotros realizaríamos necesariamente nuestro pago mediante tarjetas monedero, con clave o certificado personal, u otros sistemas (por ejemplo con el bluetooth del movil se podrían realizar pagos directamente contra nuestra cuenta corriente), el método concreto habría que pensarlo pero en lo que me quiero centrar es en las consecuencias.

Al no existir dinero efectivo en circulación tendríamos las siguientes consecuencias.

-Desaparecería el dinero negro: si por definición el dinero negro es el que está fuera del sistema, ahora TODO el dinero estaría dentro del sistema. El efecto económico sería importante:

    *El trabajo en negro prácticamente ha desaparecido. La Inspección de Trabajo puede fácilmente detectar pagos periódicos a personas que no están ejerciendo como empresarios por lo que la contratación ilegal se ha reducido.

    *Mientras antes las sociedades y empresarios ocultaban los ingresos percibidos siempre que podían, por supuesto unos más que otros, ahora han descubierto la facilidad que tiene Hacienda para calcular cuales han sido los ingresos percibidos durante un determinado periodo de tiempo. De esta manera, la desaparición del dinero negro ha llevado a reducir el fraude fiscal, por lo menos en la parte relativa a operaciones no declaradas.

-Reducción o, al menos, mayor control sobre actividades ilícitas como narcotráfico,tráfico de personas o armas, terrorismo...: las organizaciones delictivas tendrían una gran dificultad para mover las enormes cantidades de dinero que pasan por sus manos de manera inadvertida.

-Reducción de robos y, por tanto mejora, en la seguridad ciudadana: al no existir dinero en efectivo los atracos en la calle en muchos casos carecerían de sentido, de igual modo el atraco a pequeños comercios por la recaudación de la caja. Este tipo de delincuencia desaparecería.

-Según como se configuraran las tarjetas monedero incluso podrían desaparecer otros tipos de robo al desaparecer los mercados negros. Podría pensarse que incluso en los casos donde lo que se busca es una determinada mercancía (por ejemplo: robo en joyerías) también se produciría una importante reducción de casos al dificultarse la venta en el mercado negro de productos robados. Las maquinas para cobrar de tarjetas monedero podrían estár controladas, así se requeriría estar al corriente de los permisos para operar en el mercado para poder tener una de ellas, por lo que es difícil que una tienda ilegal o la venta en la calle sin permisos pueda ser realizada, o aun en el caso de que se utilizara alguna máquina no autorizada el banco rápidamente la detectaría al no coincidir los códigos de control de estos aparatos con una maquina autorizada.

En cuanto a los inconvenientes que una medida de este tipo plantea, los principales son dos:

-Una cierta pérdida de la privacidad en el sentido en que se dificultaría la realización de operaciones que sea imposible conocer por el sistema. No es que el Estado conozca todo lo que hacen sus sujetos sino que si quisiera saberlo, con los oportunos requerimientos podría llegar a conocerlo. No obstante, hoy en día con el uso de las tarjetas de crédito ya vivimos una situación parecida a ésta.

-El peligro de exclusión social de ciertas clases sociales: existiría un grave problema con las personas más desfavorecidas que se verían totalmente apartadas del sistema. La limosna, los gorrillas... ya no serían una opción y se correría el peligro de crear auténticos guetos.

-Ya se explicó en otro artículo como los bancos crean dinero. Cuanto más dinero hay en los bancos más dinero hay en la sociedad, pero es que simplemente modificando el dinero que se obliga a los bancos a tener en efectivo provocaría una multiplicación del dinero en la sociedad. La Unión Europea es la encargada de indicar cual es el coeficiente de caja, es decir, que porcentaje de los depósitos no pueden ser prestados por los bancos y es un coeficiente fundamental para determinar cuanto dinero hay en el mercado. Esta es una poderosa arma de política fiscal cuya utilización ha de ser muy rigurosa para evitar efectos no deseados.

Como vemos, los bancos tienen un papel fundamental en este sistema. Podría pensarse que para ellos supone un sobrecoste en su actividad, porque lógicamente parto de que los monederos electrónicos no tienen coste para el ciudadano, ni tampoco su utilización. ¿Por qué deberían aceptar los bancos su implantación entonces? porque a cambio, los bancos verían incrementado el volumen de depósitos. Los bancos al tener más depósitos tienen más dinero disponible para realizar operaciones (volvemos al artículo sobre la creación del dinero) lo que probablemente generaría unos beneficios que cubrirían dichos coste de mantenimiento. Incluso en el caso de que esto no fuera así y fuera necesario pagar una pequeña comisión como ocurre con nuestras tarjetas de crédito veo que la propuesta es viable.

Por último, sería necesario modificar el sistema de garantía de depósitos. Al obligar a todos los ciudadanos a que tengan sus depósitos en los bancos el Estado, en contrapartida debería garantizar completamente dichos depósitos, es decir, el Fondo de Garantía de Depósitos debería modificarse para que cubriera el cien por cien de los mismos en caso de quiebra del banco y, además, los controles sobre las entidades financieras, deberían ser más estrictos.

domingo, 10 de enero de 2010

Reflexiones sobre la Propiedad Intelectual

Quiero comentar en este artículo varias cuestiones referentes a la Propiedad Intelectual y que quiero agrupar en 3 apartados:

    • Propiedad intelectual.

    • Modelos de negocios.

    • Nueva regulación de Internet.

PROPIEDAD INTELECTUAL

Lo primero que hay que realizar a la hora de analizar la propiedad intelectual (dejaremos aparte a la propiedad industrial) es qué es.

El derecho de propiedad es uno de los primeros derechos reales que surge. Básicamente supone unir a la posesión de una cosa la capacidad de disponer de la misma, es decir, de venderla o destruirla por ejemplo.

Como se puede observar, en un primer momento, el derecho de propiedad sólo cabe sobre bienes materiales, que son los únicos que permiten una posesión física. La propiedad sobre bienes inmateriales, es decir, las ideas, no aparecerá hasta mucho más tarde, en concreto, hasta finales del siglo XV, si bien la configuración actual de los derechos de autor que hoy conocemos no aparecerá hasta el siglo XVIII.

En un primer momento, los autores únicamente cobraban en la entrega de la obra. Si, posteriormente, otros editores publicaban dicha obra el autor no cobraba. Para evitar esta situación es por lo que se crean los derechos de autor siendo la justificación de dicho privilegio proteger al autor por las consecuencias beneficiosas para la sociedad que tenía su obra, es decir, por los beneficios que supone a la sociedad, en general, el tener un población culta e ilustrada.

Los derechos de autor permitían al autor obtener beneficios sobre sus obras por un periodo determinado que actualmente se perpetua con posterioridad a la muerte del autor pasando a sus herederos.

Una vez visto lo que es la propiedad intelectual analicemos ciertas expresiones generalmente utilizadas por los autores:

- Tenemos derecho a dejar a nuestros hijos el producto de nuestro trabajo como cualquier trabajador: esta expresión que en ocasiones utilizan los artistas para justificar que los derechos de autor no se extingan con su muerte parten de una premisa falsa, ya que, todos los trabajadores, salvo ellos, lo único que transmiten a sus herederos es el dinero obtenido por su trabajo.

Un médico no transmite a su hijo el derecho sobre todas las operaciones que ha realizado, un agricultor no transmite a su hijo el derecho sobre todas las naranjas que ha recolectado, un albañil no transmite a su hijo el derecho sobre todas las obras en las que ha participado. Lo único que transmiten al final de su vida es el dinero cobrado que, con mayor o menor acierto, hayan podido ahorrar.

Los artistas son los únicos privilegiados que transmiten el producto de su trabajo a sus herederos, siendo éste un privilegio de muy discutible justificación. Si lo que se quiere es proteger al artista, proporcionándole una fuente de ingresos para que siga creando, ¿por qué se mantiene dicha protección tras su muerte cuando ya no puede crear más?

- Descargar es lo mismo que robar: Robar supone quitar un bien de otra persona, es decir, privarle de su posesión. Sin embargo, cuando se realiza una descarga no se quita ningún derecho del titular de la obra. El titular de la obra sigue siendo el único que puede obtener beneficios lícitos con la misma, que puede explotarla, modificarla o hacer lo que quiera con ella. Por más que quieran los artistas, nunca se podrá equiparar la descarga de productos culturales con el robo, igual que no pueden comparar los bienes materiales con los inmateriales.

- Las descargas ilegales acabarán con la cultura: la verdad es que los datos en contra de esta afirmación son abrumadores después de años diciendo que España está a la cabeza de la piratería:

  • Los músicos han obtenido unos incremento de los ingresos por conciertos muy superiores a las perdidas por las inferiores ventas de discos. Según noticias de periodicos tan dispares como Público y El Mundo.

MODELOS DE NEGOCIO

En los debates televisivos que se han realizado sobre derechos de autor siempre los que defiende dichos derechos piden que los que no estamos de acuerdo demos propuestas de negocio alternativas. Como bien dijo alguien, creo que David Bravo, el trabajo de los empresarios es precisamente pensar en dichas propuestas alternativas de negocio, pero permitidme que haga una serie de reflexiones sobre esta materia.

La cuota premium de MEGAUPLOAD está en 10 euros y la de RAPIDSHARE está en 7 euros, ambos servidores de descarga. Y ¡sopresa!, la gente las paga, incluso conozco gente que tiene cuenta premium en los dos servidores. Por lo tanto, no es cierto que la gente quiera productos culturales gratis. Lo que quiere la gente son productos culturales que pueda pagar.

Si partimos de la premisa de que la gente quiere productos culturales que pueda pagar y que está dispuesta a pagar 10 euros por descargase copias de calidad variable, no hay que ser muy listo para entender que estaría dispuesta a pagar la misma o una ligera mayor cantidad por productos de buena calidad garantizada.

En el mundo de la música se han dado unos primeros pasos, primero con itunes, donde a pesar del precio excesivo de un euro por canción (seguimos con los 12 euros de un disco físico cuando se han eliminado muchos costes en el proceso) y luego con spotify, verdadera revolución en el mundo musical, donde ofrecen lo que acabamos de comentar, descarga de canciones por 10 euros al mes, sin un precio fijo por canción.

Este paso todavía no se ha dado en el mundo del cine. La gente que quiere descargarse una película rápidamente va a páginas como Megaupload o Rapidshare anteriormente comentadas porque no tiene una alternativa viable. Seguramente no haya acuerdo entre productoras, pero hasta que no llegues a una tienda online y por unos 10 euros de cuota mensual puedas descargarte la películas y series que te apetezca el problema de la industria del cine no habrá empezado a solucionarse.

Otro problema que encuentro está en los soportes, los distribuidores van por un lado y los consumidores por otro. La última tendencia es que, ya no los TDT, sino las propias televisiones vienen con entradas usb y reproductores de DIVX (lo cual debería indicar a la industria de contenidos hacia donde deberían orientarse) lo que hace que prácticamente será innecesario tener el ya en proceso de extinción “vídeo o reproductor de DVD”. Sin embargo, me sorprendo cuando veo que nos intentan meter como sea el famoso reproductor de Blue Ray (que salvo los que tienen PS3 dudo mucho que haya sido comprado en masa). Aquí tenemos un problema. Problema real que comentaba el otro día al salir de ver Avatar: Yo no quiero más aparatos en mi casa pero por otro lado estoy dispuesto a comprar Avatar en alta definición para verla en un televisor con Full HD.

El mercado no me está ofreciendo el producto que yo demando, se empeña en venderme un reproductor de Blue Ray que no quiero, cuando esa misma película cabrá perfectamente en una memoria usb. Sin embargo, las productoras siguen apostando por la tecnología Blue Ray, seguramente porque les permite controlar más fácilmente las copias pero alejándose claramente del deseo de sus clientes.

NUEVA REGULACIÓN DE INTERNET

No puedo terminar, sin comentar el nuevo procedimiento para cerrar páginas web y la aberración que supone. No tengo el texto delante y me basaré en la nota de prensa del Ministerio de Cultura.

Como se ha comentado hasta la saciedad, el organismo que cerrará la página web es un organismo administrativo. El juez únicamente se limitará a comprobar que no se conculca ningún derecho fundamental. De hecho, es tan evidente que no se entrará al fondo del asunto que el Juez competente será del orden contencioso administrativo, que es el que interviene para fiscalizar los procedimientos administrativos y no un Juez del orden civil que sería el competente para conocer si hay vulneración de derechos de autor o no.

Supongamos que realmente no se conculca ningún derecho fundamental, lo cual es bastante discutible, pero vamos a considerar que no se vulnera ninguno. Las páginas web que quiere cerrar el Ministerio parece que son las páginas de enlaces. El Ministerio de cultura estará cerrando una página web que todavía no hay ninguna resolución judicial que diga que van contra la ley. Es más, todos los procedimientos judiciales, procedimientos penales, dirigidos contra dichas páginas han sido archivados por considerarse que no eran constitutivos de delito.

La imagen que se proyecta es que la Industria asustada de acudir a un procedimiento civil, es decir, una demanda por daños y perjuicios, ha acudido a su prima la de Zumosol, la Ministra, para que les haga el trabajo sucio, y el tema no es baladí desde un punto de vista estratégico.

Hay que pensar que una vez cerrada totalmente la vía penal, por mucho que se empeñen en que descargar es robar, la única vía para poder hablar de descargas ilegales es afirmar que son descargas ilegales civilmente, es decir, que vulneran la norma civil que no penal.

Si acudieran a un juez para que dirimiera este asunto se arriesgarían a una resolución contraria, y no lo tienen que tener nada claro cuando han buscado esta vía alternativa tan descarada, y una resolución contraria en este tema sería tanto como legitimar definitivamente a todos los que realizan descargas. Se les agotaría cualquier argumento en contra, por ello, es una vía que no parecen dispuestos a tomar.

La solución obtenida del Gobierno es óptima, obtienen el mismo resultado, cierre de páginas, pero, sin embargo, el que decide que hay daño civil ya no es un Juez, sino el propio Ministerio del que están seguros del criterio a seguir.

Es una actuación de manual de un lobby de presión, mecanismo del que ya hablé en el siguiente artículo: “Principios electorales que utilizan los políticos”.