jueves, 29 de septiembre de 2011

¿Por qué hacer tributar a las grandes fortunas es la mejor opción en estos momentos?

Dejando aparte que se entiende por rico que podría ser objeto de un próximo artículo, cuando se adoptan medidas económicas siempre hay que considerar dos tipos de consecuencias: las consecuencias a corto plazo y las consecuencias a largo plazo. En este sentido, cuando el gobierno adopta medidas para reducir el déficit público está claro que la consecuencia a corto plazo perseguida es dicha reducción pero siempre hay que tener en cuenta que aparte de dichas consecuencias a corto plazo inevitablemente se van a producir otras consecuencias a largo plazo.

Por ello, a la hora de adoptar medidas económicas hay que procurar que si bien se consiga el objetivo que se desea a corto plazo las consecuencias a largo tampoco sean indeseadas. Partiendo de esta idea, para reducir el déficit público hay dos vías básicas:

  • Reducir el gasto público.

  • Incrementar los ingresos públicos.

En los últimos tiempos el recurso más utilizado es un recorte del gasto público, pero, como se ha comentado, hay que analizar las consecuencias de dicha reducción a largo plazo para ver si es la más adecuada. Desde esta perspectiva creo que hay dos tipos de recortes en el gasto público:

  • Los que suponen una racionalización de los servicios públicos, es decir, supone un mejor aprovechamiento de los recursos que ya se poseen: esta es una consecuencia totalmente deseable en el sentido de que siempre se tiene que procurar prestar un servicio público de la forma más eficiente posible.

  • Los que suponen una supresión o reducción en la prestación de dicho servicio o un deterioro en la calidad del mismo: dentro de estas medidas entrarían la supresión de plazas de funcionarios que suponen una reducción del servicio, reducciones de salarios (ya se comentó en un post anterior que el salario aunque raramente es un elemento motivador si es un elemento desmotivador muy fuerte), congelación de pensiones...

Respecto a estas últimas, quiero centrarme en las que suponen directamente una reducción del poder adquisitivo y sus consecuencias a largo plazo. Es evidente, que la reducción de salario de los funcionarios o la congelación de las pensiones al Estado le supone un ahorro importante de dinero y, por tanto, ayudan a reducir el déficit público, pero también es evidente que ello no sale gratis a la sociedad que a partir de dicho momento dispone de menos renta disponible para consumir y, por tanto, va a conllevar una reducción de la actividad económica. Lo que hay que analizar es que es más beneficioso si esta medida o, en su lugar buscar otras como pueda ser un incremento del ingreso público.

Toda persona, al obtener una renta puede realizar dos cosas: o consumir dicha renta o ahorrar dicha renta. La parte de dicha renta que destina a cada uno de esos fines podemos llamarlos propensión al consumo (c) y propensión al ahorro (s) de tal manera que, si consideramos esas propensiones en tantos por uno: c + s = 1.

Cuando reducimos el salario a una persona reduciremos su consumo y su ahorro si bien la propensión al consumo y al ahorro puede variar. Vamos a ver un ejemplo.

Pongamos que Juan gana 1000 euros. Juan tiene mensualmente los siguientes gastos:

Alquiler

450 euros

Comida

250 euros

Suministros (luz, agua, teléfono):

70 euros

Ocio

150 euros

Ahorro

80 euros


En esta situación inicial Juan se encuentra en esta situación:

Propensión al consumo

0,92

Propensión al ahorro

0,08

Pongamos ahora que a Juan le reducen su salario 130 euros. Sin mucho esfuerzo comprobamos que sólo reduciendo lo que ahorraba no es suficiente, necesita eliminar alguno de sus gastos para poder llegar a final de mes. En general, se intenta ahorrar algo de tal manera que una reestructuración racional del gasto podría ser:


Alquiler

450 euros

Comida

240 euros

Suministros (luz, agua, teléfono):

65 euros

Ocio

75 euros

Ahorro

40 euros

Es decir, la propensión al ahorro ha bajado a 0,046 y la de consumo ha subido a 0,0954. Eso no quiere decir que se consuma más sino que ya prácticamente todo lo que se gana se dedica a consumir, aun así, y esto es lo más grave, el consumo se reduce.

Podemos concluir, que en niveles de renta bajos y medio-bajos que son aquellos con propensión media al ahorro reducidas, toda reducción de la renta disponible va a suponer inmediatamente una reducción en el consumo. Las consecuencias en la reducción en el consumo, como se explica al final del artículo, será una reducción en la actividad económica que nos hundiría todavía más en el circulo vicioso de la producción: a menor consumo menor número de ventas lo que conlleva una menor producción que supone reducir plantillas y, por lo tanto, más paro y en consecuencia una nueva reducción del consumo, y así sucesivamente.

Pero vamos a analizar la alternativa, es decir, en como afecta una reducción de la renta disponible a gente con rentas altas.

Pongamos el ejemplo de una persona que gana 25.000 euros netos mensuales y que tiene la siguiente estructura de gastos:

Hipoteca de la casa

5.000 euros

Comida

700 euros

Suministros (luz, agua, teléfono):

300 euros

Ocio

5.000 euros

Ahorro

14.000 euros

Propensión al consumo

0,44

Propensión al ahorro

0,56

Como podemos ver en personas con nivel de renta alto, aunque los datos son inventados, la propensión al ahorro se dispara en comparación con las personas de nivel bajo. Al tener todas sus necesidades cubiertas con una parte muy reducida de su renta el resto rápidamente lo pueden destinar a ocio y ahorro mientras que en las personas de nivel bajo la mayor proporción de su renta va destinado precisamente a cubrir dichas necesidades básicas.

Pongamos que a esta persona de nivel muy alto le hacen pagar un 2% más de sus ingresos en concepto de Impuesto de Patrimonio o IRPF, es decir debería pagar 16.000 euros que se reducirían de sus ingresos, lo que supondría que percibiera al mes 1.333 euros menos, es decir, pasaría a tener una renta de 23.777 euros. Como podemos comprobar, podría reducir su ahorro sin tocar el consumo y aun así todavía conseguiría ahorrar 12.777 euros al mes, es cierto que la propensión al ahorro se reduciría pero es muy probable que este ciudadano prefiriera reducir su nivel de vida, es decir, su consumo mensual a costa de ahorrar un poco más.

Por contra, es cierto que el ahorro total se reduciría y que esto también tiene consecuencias en la economía pero hay que considerar que lo que necesita en estos momentos nuestra economía es la reactivación del consumo, el que haya movimiento económico para que las empresas empiecen a ganar dinero y decidan contratar a más personas para incrementar la producción y atender pedidos.

En nuestra economía, en estos momentos hay recursos ociosos, no tenemos un gran problema de falta de inversión industrial, más bien al contrario tenemos un sistema productivo capaz de producir más de lo que se puede consumir, por ello no hay que priorizar la inversión, el equivalente al ahorro, sino que lo que hay que priorizar es la reactivación del consumo.

Como espero haber podido explicar en este artículo, si lo que pretendemos hacer es reactivar el consumo, si queremos incrementar los ingresos públicos toda medida que se adopte se ha de realizar sobre aquellos ciudadanos, o sobre aquellas rentas, que tengan una propensión al ahorro superior a la media y no sobre aquellas que prácticamente vayan a dedicarse al consumo.


Nota adicional: Aunque se ha hecho referencia a la propensión al ahorro y al consumo, realmente cuando se han mencionado estaba haciendo referencia a la propensión media, es decir, teniendo en cuenta la totalidad de mi consumo/ahorro, sin embargo es muy importante para lo que se ha comentado cual es la propensión marginal.

La propensión marginal al consumo es cuanto aumenta mi consumo cuando se incrementa en un euro mi renta disponible. Es decir, a grandes rasgos, significa cuanto dinero dedicaré a consumir con el último dinero cobrado. En el ejemplo del artículo si partimos de la situación B en la que se perciben inicialmente 770 euros y posteriormente cobro 1000 euros, podríamos llamar propensión marginal a la parte de los 130 euros que destino al consumo, es decir, aunque la propensión media sea 0,92 la propensión marginal al consumo será: 40/130= 0,693

La propensión marginal es fundamental porque se utiliza para definir el efecto multiplicador del consumo. Pongamos un ejemplo en el que vamos a considerar que la propensión marginal al consumo de todos los agentes económicos es 0,7:

Pedro ha cobrado 1.000 euros y su propensión marginal al consumo es 0,7 (es decir consumirá el 70% de su último ingreso), por tanto de esos 1000 euros gastará 700 y ahorrará 300. Las personas que ganen esos 700 euros al venderle productos a Pedro también gastarán el 70 por ciento de dichos 700 euros, es decir, volverán a gastar 490 euros, y las personas que reciban esos 490 euros volverán a gastar el 70% y así sucesivamente.

Nos encontramos que, aunque el gasto inicial ha sido de 700 euros, ha supuesto una serie de gastos en cascada de tal manera que al final el gasto total realizado ha sido de 2.333 euros.

Este es el efecto multiplicador del consumo que hace que los incrementos en consumo sean fundamentales para la reactivación económica. Del mismo modo, una disminución del consumo podemos decir que tendría un efecto divisor del mismo en la misma proporción.

La formula de este efecto multiplicador, en su forma más simple sería: 1/(1-c) donde c sería la propensión marginal al consumo.

Esta formula se puede complicar más al tener en cuenta otros aspectos como por ejemplo los impuestos.

martes, 17 de mayo de 2011

Cuando subir las pensiones no es tan caro como parece

Con la subida de pensiones que se realizó en el año 2010 se ha producido un efecto podríamos decir que curioso por no llamarlo de otra manera. Aunque las pensiones han subido, el gasto público no ha subido en igual medida. La lógica nos lleva a pensar que si el estado paga 100 millones de euros más de pensiones (cifra hipotética) debería tener un déficit 100 millones de euros mayor, pero sin embargo esto no es así, e incluso, teóricamente, podría llegar a ingresar más de lo que paga en pensiones. Vamos a analizar como se puede conseguir esto.

En principio parece que subir las pensiones es bueno: los pensionistas cobran más, gastan más y todo es positivo. ¿Todo? Todo no, existe un efecto colateral, un pequeño requisito de la Ley de IRPF, que hace que dicho aumento pueda resultar un duro golpe para las familias. En mi opinión, dicho efecto no deseado ha sido realmente no deseado, es decir, nadie se dio cuenta de que iba pasar cuando subieron las pensiones pero paso.

La cuestión es la siguiente, el importe anual de la pensión de viudedad para mayores de 65 años (situación en la que se encuentran más de 600.00 personas) en los años 2009 y 2010 son los siguientes:


Es decir, los pensionistas cobran 367,5 euros más en el 2010.

Por otro lado, en el IRPF, existe una disminución en la cuota a pagar por tener un ascendiente conviviendo contigo, es decir, en el caso de que el padre, mayor de 65 años, viva con el hijo (generalmente porque tiene algún tipo de minusvalía, hecho importante como ahora veremos) se permite reducir la Base Imponible del Impuesto y así pagar menos. ¿Pero cuanto menos hay que pagar por convivir con un ascendiente?

El importe dependerá de la edad y el grado de discapacidad del ascendiente. En el peor de los casos, desde un punta de vista monetario que no familiar, es decir, cuando el ascendiente tenga entre 65 y 75 años y se encuentre en plena forma el ahorro es sólo de 219,39 euros. En el caso de que tuviera una minusvalía del 33%, caso muy frecuente en personas mayores, el ahorro es de 772,92 euros, y si fuera mayor de 75 años y con una minusvalía de más del 65% el ahorro podría llegar a 1.375,21 euros.


Y es ahora cuando viene el pero, como condición para poder aplicarse este descuento se exige que el ascendiente no tenga una renta superior a 8.000 euros (excluidas las rentas exentas), en el momento el ascendiente gana más de 8.000 euros ya no se puede aplicar ninguna reducción el hijo con el que vive.

Con estos presupuestos es fácil sacar una conclusión. Con la subida de pensiones se ha conseguido que los más de 600.000 viudos y viudas que cobraban pensión de viudedad ya no puedan dar ningún tipo de bonificación a los hijos con los que puedan estar conviviendo.

De esta forma, nos encontramos que por un lado el Estado paga 367,5 euros más a estos pensionistas, pero al mismo tiempo cobra a los hijos que viven con ellos una cuantía que va entre 219,39 euros y 1.375,21 euros, es decir, en muchos casos, el Estado va a ingresar más de lo que paga por haber subido la pensión.


Es una pena no poder disponer de datos concretos de cuantos ascendientes en estos supuestos están conviviendo con sus hijos, pero es un caso bastante frecuente. Así que si conocen a alguno, adviértanle, porque es muy fácil que se equivoque al hacer su declaración del IRPF.

domingo, 27 de febrero de 2011

El coste de la burocracia

A la hora de crear una empresa rentable es evidente que el factor determinante de dicha rentabilidad es la explotación de las oportunidades existentes en el mercado, pero no hay que ignorar que también se encuentra influenciada por ciertos factores que, en principio, podríamos calificar como ajenos a su propia actividad económica y que le vienen impuestos por desarrollar dicha actividad dentro de un marco jurídico concreto, por ejemplo lo que sucede con la legislación (las leyes pueden ser determinantes en la configuración de un negocio económico, un ejemplo claro lo tenemos con la actual ley antitabaco y las nuevas oportunidades de negocio que ha creado así como los perjuicios que ha causado a otros ya existentes). Dentro de este marco jurídico, un componente que puede igualmente afectar a la rentabilidad de la empresa son las obligaciones administrativas que imponen los poderes públicos para poner en marcha sus diferentes políticas públicas (política de empleo, política de control...)

El marco regulador de éstas obligaciones administrativas juega un papel importante en la competitividad de las empresas. Durante estos últimos años se han efectuado análisis y esfuerzos para delimitar mejor el impacto de la regulación, en tanto que instrumento de los poderes públicos, en la rentabilidad de las empresas. Estos costes pueden ser bastante cuantiosos, así, por ejemplo, en un documento de trabajo del 2005 de la Agencia Holandesa encargada de realizar análisis de políticas económicas ha intentado estimar una parte de estos costes. Más concretamente ha cuantificado el coste que supone para las empresas simplemente el cumplir con los trámites administrativos obligatorios para poder ejercer su actividad.

Podemos observar que, en relación al PIB, estos costes administrativos pueden oscilar entre un mínimo del 1.5% del PIB para Finlandia o Suecia hasta un máximo del 6.8% del PIB para Grecia y Hungría. Según este ranking España está entre los países con un coste administrativo más alto con un 4.6% del PIB, empatada con Portugal, Italia, Austria y Eslovaquia.

Los estudios parecen demostrar que a mayor regulación y carga administrativa menor es la productividad, es por ello que una simplificación de los costes administrativos es un paso necesario para mejorar la productividad de un país.

Es interesante comparar dicha gráfica de coste de la burocracia con la eficiencia de las administraciones fiscales, ya que podríamos pensar que, aunque los costes burocráticos son muy elevados se compensa en cuanto que ayudan a que exista una mayor eficiencia administrativa. Los datos de está gráfica están referidos al año 2003, aunque la comparación no va a ser homogénea, creo que sí refleja una tendencia que es lo que me gustaría dejar de manifiesto. Afecta a esta falta de homogeneidad que los costes burocráticos de esta gráfica no sólo contienen los denominados costes fiscales indirectos, sino que también comprende otro tipo de gastos que una empresa necesita realizar pero que no vienen determinados por una norma fiscal como pueda ser los gastos de constitución (del notario, del registro...)...

En esta gráfica, se indica cual es el coste de recaudar 100 euros en términos de la organización necesaria para ello. Podemos observar como España no queda tan mal parada estando entre los países más eficientes. Si lo comparamos con la gráfica anterior podemos ver como los Países Bajos, Francia o Reino Unido que tienen unos costes burocráticos inferiores sin embargo tienen unos costes de recaudación superiores. Suecia sin lugar a dudas está en una situación óptima.

Estos costes organizativos son en gran parte de personal y así podemos comprobarlo si comparamos las diferentes dotaciones de funcionarios de las distintas administraciones. En la siguiente gráfica que también esta referenciada a datos del año 2003, podemos observar el número de ciudadanos de un país que hay por cada funcionario de la Agencia Tributaria correspondiente.

Vemos que España se encuentra como el país más eficiente de la comparativa, con un menor número de funcionarios en proporción a su población que el resto de países. La media de ciudadanos por funcionario es de 667, mientras que España tiene 1680, más del doble.

La combinación de la mayor eficiencia en España en términos recaudatorios con los mayores costes administrativos para las empresas (teniendo en cuenta que no todos los costes burocráticos de las empresas son achacables a la Administración tributaria) nos permiten concluir que una de las políticas de actuación de la AEAT podríamos decir que es la externalización de sus actuaciones de control.

Así sucede por ejemplo con las múltiples (en ocasiones excesivas y con alguna contradicción entre ellas) declaraciones informativas existentes que permiten a la AEAT recabar una gran cantidad de información a muy poco coste para la Administración. Coste reducido que se debe a que se traslada a los empresarios, ellos serán quienes obtengan, califiquen y ordenen dicha información, entregándosela después a la AEAT en el formato que esta le especifique. De esta forma, en vez de invertir en personal que se encargue de dichas actuaciones de captura de información la AEAT puede destinar sus recursos a destinos más eficientes como puede ser la mejora de los procesos de depuración de dicha información o el control sobre la misma.

En la Comunidad Valenciana, la Cámara de Comercio de Valencia ha publicado ciertos datos estimatorios de estos costes, ya no en términos relativos (en comparación al PIB como antes) sino en términos absolutos y clasificando las empresas por sectores:

Podemos comprobar que como media, un 50% de las empresas tienen un coste inferior a 6.000 euros, un 31% tienen un coste entre 6.000 y 30.000 euros y un 6% tienen un coste superior a 30.000 euros. El sector con menores costes burocráticos es el Comercio donde vemos un mayor número de empresas que se encuadran dentro de los tramos más “baratos” en cuanto a costes burocráticos. El sector más caro es el de la construcción e industria seguramente por el mayor número de permisos y licencias exigidos. Podemos ver que en el sector de la construcción un 21% de las empresas tienen costes derivados de la burocracia superiores a 30.000 euros lo que refleja la importancia de estos costes. Seguramente sea un sector donde el tamaño de las empresas sea más grande en comparación con el sector del comercio donde el entramado empresarial es más pequeño y por tanto con menores costes.

En la siguiente gráfica vemos la distribución de dichos costes por tamaños de empresas en función del número de trabajadores:

Como es lógico en las pequeñas empresas es donde se concentran los costes más baratos, así podemos ver que en empresas de 1 a 9 trabajadores más del 50% de las empresas los costes burocráticos son inferiores a 6.000 euros, aunque llama la atención que es en el tramo de 50 a 249 trabajadores donde se encuentran los mayores costes, mientras que las empresas de más de 250 trabajadores que, por su tamaño, deberían tener unos costes superiores, sin embargo tienen menores costes que las del tramo anterior, aunque podría afectar el mayor número de entidades que no ha contestado la encuesta.

Otra gráfica que aporta información curiosa es la que indica el porcentaje de empresas que consideran como diversos aspectos de la actuación administrativa afectan desfavorablemente a su actividad:

Este cuadro nos permite dos conclusiones interesantes:
  • La primera que el sector industria y construcción son los más afectados por esas ineficiencias, quejándose de ellas, en ocasiones más del 75% de las empresas del sector.
  • En segundo lugar, que lo que más afecta a las empresas es el exceso de regulación, la complejidad de procedimientos y las políticas de ayudas ineficaces y complejas. Es curioso que el que la Administración funcione mal les importa menos, lo que realmente les preocupa es el marco regulatorio en el que se encuentran.
Aprovechando la experiencia de nuestro entorno, la OCDE, en el año 2010, publicó un estudio de como mejorar la regulación en España: Better regulation in Europe: Spain 2010. En dicho informe se señalan como sugerencias:
  • Simplificación de la regulación: Aunque se reconoce que desde el año 2000 se han realizado esfuerzos en este sentido se consideran insuficientes.Las dos principales dificultades que presenta España para alcanzar dicha simplificación son:
  1. La costumbre de utilizar leyes que regulan un gran número de temas diferentes y no tenemos más que mirar atrás para ver una Ley de Economía Sostenible que recoge normas sobre materias completamente dispares.
  2. Los constantes cambios sobre órgano competente para legislar, derivada de una inacabada y constante transferencia de competencias a las CCAA que incrementan exponencialmente la complejidad normativa. Sólo hay que pensar en la próxima campaña de IRPF y las deducciones autonómicas, que como tengamos un contribuyente de fuera de nuestra Comunidad a ver quien conoce sus deducciones autonómicas.
  • Reducción de costes burocráticos a las empresas: desde el año 2007, el Estado español ha establecido un plan de acción cuyo objetivo es reducir los costes burocráticos en un 30% para el año 2012. La base para conseguir esta reducción de costes es a través principalmente de la administración electrónica, aspecto en el que desde la AEAT hemos avanzado mucho. El propio informe de la OCDE señala que el principal punto negativo en este aspecto es que no existe una integración completa entre todas las instituciones públicas, que van a distintas velocidades. Un ejemplo claro es que mientras hoy en día en la sede electrónica de la AEAT se puede presentar cualquier documento y si se quiere prácticamente no se tiene porqué acudir a una Administración de la Agencia, en el ámbito de la justicia sin embargo todavía no se pueden presentar los recursos, demandas o reclamaciones por internet.
  • Es preciso un enfoque más transparente de cómo se elabora la regulación y además un enfoque más económico. Se echa en falta un mayor papel de la consulta pública así como problemas en la calidad de la información, ausencia de información de retorno y la realización de consultas que se realizan demasiado tarde y cuyas contestaciones no dan tiempo de respuesta. Un ejemplo reciente lo podemos ver en la denominada Ley Sinde: el presidente de la Academia del cine durante la semana antes de que se votara la norma en el Congreso todavía estaba reuniéndose con todas las partes para intentar mejorar la norma, realizándose propuestas y nuevas redacciones de los artículos que ambas partes consideraban interesantes. Es evidente que la elaboración de una norma requiere unos tiempos más sosegados y no el ir incluyendo clausulas de última hora poco reflexionadas.
He enunciado sólo alguna de las notas que señala la OCDE como ejemplo de las principales deficiencias de nuestro sistema. El Estado español en los últimos años ha intentado corregir esta situación y simplificar tanto la regulación como los costes administrativos y como consecuencia de ello es muy normal observar en cada ley que se aprueba alguna medida cuyo fin es simplificar los procedimientos administrativos. Así en el reciente Real Decreto Ley 13/2010, que se publicó a principios de diciembre, se contienen dos medidas destinadas específicamente a este fin.

La primera de ellas es la supresión del carácter obligatorio del recurso cameral permanente.

La segunda es la agilización de la constitución de sociedades. Según la exposición de motivos el objetivo es que todos los trámites necesarios para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada puedan llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno o cinco días, exceptuando sólo aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o la complejidad de la estructura societaria exijan un examen más detallado. Esta medida es una reacción directa a un estudio del Banco Mundial donde se reflejaba que España era el país de la Unión Europea donde más se tardaba en crear una empresa con una media de 47 días, si bien la cifra se reducía a 21 días en el caso de sociedades nacionales y se incrementaba a 61 días en el caso de empresas extranjeras. La media entre los países de la OCDE con ingresos altos esta en 13 días. Además la ley, eximía de publicar en los periódicos determinados actos societarios, cuando fueran obligatorios, como la constitución o modificación de estatutos.

Por último, para finalizar, querría mostrar una última tabla de la Cámara de Comercio donde se indica que la valoración que dan las empresas a los distintos tipos de medidas para reducir costes burocráticos de las empresas.

Podemos observar, que las medidas que más importancia tienen son precisamente las que suponen un coste económico directo, como son reducir los plazos de pago para las AAPP y el recorte en las tasas a pagar. Tras estas medidas ya se encuentran otras que podríamos decir que son de burocracia pura: reducción normativa, formularios, evitar la duplicidad en la solicitud de información....